¿Cómo calcular el aguinaldo en Nicaragua?
Generalmente nos encontramos con personas que, al presentar su renuncia o ser despedidos, tienen muchas inquietudes con respecto al cálculo de sus prestaciones sociales. En este artÃculo nos centraremos en una de ellas, el Décimo Tercer Mes, siendo éste el término que utiliza el código laboral y el cual es conocido como aguinaldo, tanto en Nicaragua como internacionalmente.
De igual forma, se presentará el tratamiento contable para el registro del aguinaldo o décimo tercer mes en Nicaragua.
¿Cómo calcular el aguinaldo en Nicaragua?, Aspectos legales
Aspectos legales sobre cómo calcular el aguinaldo en Nicaragua
1) Todo trabajador tiene derecho a un mes de salario adicional por un año de trabajo continuo, o la parte proporcional al tiempo trabajado, mayor de un mes y menor de un año (Arto. 93 CT)
2) El décimo tercer mes se pagará conforme al último mes de salario recibido, salvo cuando se devengare salario por comisiones, obra, al destajo y cualquier otra modalidad compleja; en estos casos se pagará conforme al salario más alto recibido durante los últimos seis meses (Arto. 94 CT)
3) El aguinaldo deberá ser pagado dentro de los primeros diez dÃas del mes de diciembre de cada año o después de los primeros diez dÃas de terminar el contrato de trabajo. En caso contrario, el empleador pagarÃa una indemnización de un dÃa de salario por cada dÃa de retraso (Arto. 95 CT)
4) Se considera como tiempo efectivo de trabajo las vacaciones disfrutadas, las ausencias justificadas, los permisos con o sin goce de salario, los asuetos, subsidios por enfermedad y otros que determinare la ley (Arto. 96 CT)
5) El aguinaldo es inembargable, salvo por el cumplimiento de obligación por pensión alimenticia, pues tiene la misma protección que el salario mÃnimo, y está exento del pago de todo impuesto, descuento, cotizaciones y deducciones de cualquier especie (Arto. 97 CT)
6) El décimo tercer mes (Aguinaldo) no es objeto de acumulación de año en año para recibir mayor cantidad posteriormente (Arto. 98)
7) Las personas que reciban pensiones y jubilaciones otorgadas por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social también recibirán el aguinaldo de acuerdo con estas disposiciones (Arto. 99 CT)
7) Las personas que reciban pensiones y jubilaciones otorgadas por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social también recibirán el aguinaldo de acuerdo con estas disposiciones (Arto. 99 CT)
Calculo de aguinaldo o décimo tercer mes
¿Cómo se calcula el aguinaldo en Nicaragua?
Salario diario:
Es el resultado de la división del salario mensual entre 30 dÃas. Es incorrecto hacerlo entre 30.4167 según Tesauro 2008 página 34 literal 6 que dice: “El salario diario, que resulta de dividir el salario mensual entre 30.4167, tuvo como origen el sistema nacional de organización del Trabajo y los Salarios (SNOTS), creado en 1985. Como una derivación del SNOTS se creó la planilla Nacional de pago, la cual era aplicada en todos los centros de trabajo del paÃs, público y privado.
El sistema mencionado anteriormente tenÃa como caracterÃstica principal que era el gobierno el que fijaba los salarios para todos los trabajadores.
Con la llegada al poder de doña Violeta Barrios en 1990, este sistema quedó abolido, por tanto DESDE HACE 17 AÑOS NO TENEMOS PLANILLA NACIONAL DE PAGO y en consecuencia, desde hace 17 años dejó tener vigencia el factor 30.4167. Quienes siguieron aplicándolo, lo hicieron sin ningún fundamento legal.
Las autoridades judiciales laborales del paÃs, por jurisprudencia, han establecido que el salario diario es el que resulta de dividir el salario mensual entre 30. Asà por ejemplo, lo resolvió la Sala de lo Laboral del Tribunal de Apelaciones de Managua, en sentencia No. 147 y 171 del año dos mil.
Tan es asà que cuando las empresas pagan el Décimo Tercer Mes a los trabajadores, pagan el salario de 30 dÃas y no 30.4167. Esto mismo ocurre con el resto de las prestaciones sociales, de tal forma que para el pago de las prestaciones sociales usan el mes de 30 dÃas y no un mes de 30.4167 dÃas”.
Ejemplo de cómo calcular el aguinaldo en Nicaragua
Basado en lo anterior, supongamos que el salario mensual es de C$ 8,000.00, por lo cual, el salario diario serÃa C$ 8,000.00/30 dÃas = C$ 266.67
Cálculo de aguinaldo proporcional
Son 2.5 dÃas por cada mes y 0.0833333333 por dÃa (2.5/30=0.0833333333)
a) 8 meses x 2.5 dÃas= 20 dÃas.
b) 5 dÃas por 0.0833333333 dÃas = 0.4167 dÃas
c) Los dÃas acumulados a pagar serÃan 20 dÃas + 0.4167 dÃas= 20.4167 dÃas
d) 20.4167 dÃas x C$ 266.67 (salario diario)= C$ 5,444.52
Como se puede observar en el ejemplo anterior el aguinaldo a pagar en 8 meses y 5 dÃas teniendo un salario de C$ 8,000.00 serÃa C$ 5,444.52. Es importante tener en cuenta que el perÃodo de acumulación de aguinaldo es del 01 de diciembre al 30 de noviembre del siguiente año.
¿Cómo se registra el aguinaldo en contablemente?
Aguinaldo en contabilidad, tratamiento contable
El décimo tercer mes debe ser computado como parte del gasto en los registros contables, es decir, en las cuentas de resultado, para cada área asignada, y forma parte del pasivo laboral acumulado o devengado, es decir, se debita al gasto y se acredita como parte de las prestaciones sociales por pagar. Esto se hace de forma mensual en el registro contable de la planilla.
CUENTA CONTABLE | PARCIAL | DEBE | HABER |
GASTOS DE ADMON | 5,444.52 | ||
Aguinaldo | 5,444.52 | ||
GASTOS ACUMULADOS X PAGAR | 5,444.52 | ||
Prestaciones sociales | |||
aguinaldo | 5,444.52 | ||
TOTALES | 5,444.52 | 5,444.52 |
Posteriormente, cuando se hace efectivo el pago, se cancela la obligación.
CUENTA CONTABLE | PARCIAL | DEBE | HABER |
Gastos acumulados por pagar | 5,444.52 | ||
Banco | 5,444.52 | ||
TOTALES | 5,444.52 | 5,444.52 |
Espero que este artÃculo te haya sido de utilidad para aprender o refrescar tus conocimientos sobre la forma de calcular el aguinaldo en Nicaragua y cómo se registra contablemente.
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